
TEGUCIGALPA, HONDURAS. — Un oficio atribuido al Juzgado de Letras Natural de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), fechado el 22 de octubre de 2026, solicita a la Oficina Central Nacional de Interpol y a la Dirección Policial de Investigaciones (DPI) gestionar la captura internacional de Luis Rolando Redondo Guifarro, mediante la elaboración de una notificación roja de búsqueda internacional.
El documento, identificado con el expediente VP-09-2026 y el oficio JN-102-2026, está dirigido al director de la Oficina Central Nacional de Interpol y señala que la solicitud se emite por instrucciones de la jueza natural designada por la Corte Suprema de Justicia.
Los delitos que señala el documento
De acuerdo con el oficio, a Redondo Guifarro se le atribuye presunta responsabilidad en los siguientes delitos:
- Perturbación ilícita del funcionamiento de las instituciones, en perjuicio de las instituciones del Estado.
- Dos delitos de violación a los deberes de los funcionarios públicos, en perjuicio de la Administración pública.
- Usurpación de funciones públicas, también en perjuicio de la Administración pública.
El documento solicita proceder con la búsqueda internacional mediante una notificación roja de Interpol. Sin embargo, la imagen del oficio, por sí sola, no permite confirmar que la notificación haya sido efectivamente publicada ni que la organización internacional haya activado una alerta de captura.
Qué establece el oficio judicial
El escrito indica que, una vez detenido el imputado, deberá ser remitido al despacho de la jueza natural de la Corte Suprema de Justicia para que se resuelva conforme a derecho dentro de un plazo de 24 horas posteriores a la detención, se le informe de sus derechos y se celebre la audiencia de declaración de imputado.
Asimismo, el documento señala que la relación de hechos del requerimiento fiscal no se detalla debido a que el expediente se encuentra bajo secretividad.
La situación de la solicitud internacional
La petición judicial representa una solicitud de actuación dirigida a las autoridades policiales competentes. Para determinar el estado actual del procedimiento, es necesario confirmar si la DPI y la Oficina Central Nacional de Interpol recibieron y tramitaron el oficio, y si la notificación roja fue emitida oficialmente.
La existencia de una solicitud de captura no equivale, por sí misma, a una condena penal. La responsabilidad de la persona señalada deberá determinarse conforme al procedimiento judicial y con respeto a las garantías legales correspondientes.